# Metodología: cómo hacemos los cálculos

> Partimos del salario bruto anual y restamos la cotización del trabajador a la Seguridad Social (6,50 % en contrato indefinido, 6,55 % en temporal), con el tope de la base máxima de cotización.

- Partimos del salario bruto anual y restamos la cotización del trabajador a la Seguridad Social (6,50 % en contrato indefinido, 6,55 % en temporal), con el tope de la base máxima de cotización.
- Calculamos la retención de IRPF siguiendo el procedimiento del artículo 85 del Reglamento del IRPF: rendimiento neto, gastos deducibles de 2.000 €, reducción por rendimientos del trabajo, escala general y mínimo personal de 5.550 €.
- Aplicamos el límite de no retención del artículo 81 del Reglamento y el tope del 43 % del artículo 85.3, y redondeamos el tipo a dos decimales por defecto, como hacen las nóminas.
- Suponemos una persona soltera, sin hijos ni discapacidad, residente en territorio común. Las escalas autonómicas propias y la situación familiar pueden cambiar el resultado.
- Revisamos los parámetros cada vez que se publica un cambio normativo (salario mínimo, orden de cotización o reforma del IRPF).

## Fuentes oficiales
- [Ley 35/2006 del IRPF (BOE)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764)
- [Reglamento del IRPF, RD 439/2007 (BOE)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6820)
- [Bases y tipos de cotización (Seguridad Social)](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/CotizacionRecaudacionTrabajadores/36537)
- [Retenciones e ingresos a cuenta (Agencia Tributaria)](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Retenciones.html)
- [Encuesta de Estructura Salarial (INE)](https://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736177025&menu=ultiDatos&idp=1254735976596)

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NetoClaro · Actualizado el 2026-10-22 · https://www.sueldonetoclaro.com/metodologia
